Comparación entre un vuelo sencillo y una operación compleja, sobre categoría abierta vs específica

Respuesta rápida

Las categorías de operación se definen por el riesgo del vuelo, no por si eres aficionado o profesional:

  • Abierta: operaciones de bajo riesgo. No necesitas autorización ni declaración: basta con registro, formación (A1/A3, A2) y seguro cuando proceda. Es donde vuela la mayoría.
  • Específica: operaciones de riesgo medio que no caben en la abierta (más allá de la vista, entornos muy poblados, drones grandes…). Necesitas una declaración operacional (STS) o una autorización de AESA.

La clave: no pasas a la específica por ser profesional, sino cuando tu operación es más arriesgada.

(¿Necesitas el marco general primero? Está en Normativa de drones en España explicada fácilmente.)

El criterio que lo cambia todo: el riesgo

Aquí está el concepto que más confusión genera y que conviene entender bien: la normativa europea ya no distingue entre vuelo «recreativo» y «profesional». Lo que importa es el riesgo de la operación.

¿Qué significa en la práctica? Que un profesional puede trabajar perfectamente en categoría abierta si su operación es de bajo riesgo (una foto inmobiliaria con un dron ligero, por ejemplo). Y que solo cuando la operación supera los límites de la abierta hay que dar el salto a la específica, tengas el fin que tengas.

Así que la pregunta correcta no es «¿soy profesional?», sino «¿qué riesgo tiene lo que voy a hacer?».

Categoría abierta: qué es y qué permite

La categoría abierta cubre las operaciones de menor riesgo, y es donde vuela casi todo el mundo. Sus límites:

  • Drones de menos de 25 kg.
  • Vuelo siempre a la vista (VLOS).
  • Altura máxima de 120 metros.
  • Sin sobrevolar aglomeraciones de personas.
  • Sin transportar mercancías peligrosas ni arrojar materiales.

Lo mejor: no exige autorización ni declaración previa. Solo necesitas registrarte como operador, tener la formación correspondiente (A1/A3 y, si procede, A2) y el seguro cuando sea obligatorio. Se divide en tres subcategorías: A1, A2 y A3.

(La comparación entre subcategorías, en Diferencias entre A1/A3 y A2.)

Categoría específica: qué es y cómo se accede

La categoría específica agrupa las operaciones de riesgo medio que no encajan en la abierta: volar más allá de la vista (BVLOS), en entornos muy poblados con drones que no cumplen A2, con drones más pesados o en operaciones complejas.

Para operar en específica hay varias vías:

  • Declaración operacional (STS): si tu operación encaja exactamente en un escenario estándar (STS-01 o STS-02), basta con declararlo a AESA. Es la vía más ágil.
  • Autorización con PDRA: una evaluación de riesgo predefinida para ciertos tipos de operación.
  • Autorización con SORA: un estudio de riesgo completo (aire y tierra) cuando nada de lo anterior encaja. Se aprueba caso por caso.
  • LUC: un certificado para operadores con madurez demostrada, que les permite gestionar sus propias autorizaciones.

(Todo sobre los escenarios estándar, en STS-01 y STS-02: qué son.)

¿Y la categoría certificada?

Por completar el mapa: existe una tercera categoría, la certificada, para operaciones de riesgo alto: transporte de personas o mercancías peligrosas, drones muy grandes o vuelos sobre aglomeraciones.

Se regula de forma similar a la aviación tripulada (certificación del dron, del operador y licencia del piloto) y es, con diferencia, la menos común. No es el terreno del piloto habitual.

Tabla comparativa: abierta vs específica

AbiertaEspecífica
RiesgoBajoMedio
Autorización previaNoSí (declaración o autorización)
VueloSiempre a la vista (VLOS)Puede ser BVLOS
DronesHasta 25 kg (C0–C4)Incluye C5/C6 y otros
FormaciónA1/A3, A2STS o formación avanzada
TrámiteSolo registro + formaciónDeclaración STS / SORA / PDRA / LUC
Quién vuela aquíLa mayoría (hobby y trabajos sencillos)Operaciones profesionales complejas

¿Cuándo tengo que pasar a la específica?

Necesitas la categoría específica cuando tu operación implica alguna de estas cosas:

  • Volar más allá del alcance visual (BVLOS).
  • Operar sobre personas o entornos muy poblados de forma que no cabe en A1, A2 ni A3.
  • Usar drones más grandes o pesados de lo que permite la abierta.
  • Realizar operaciones complejas que requieren barreras de mitigación adicionales.

Si tu trabajo es un vuelo sencillo y controlado, probablemente te baste la abierta. Si empiezas a rozar esos límites, es momento de formarte para la específica.

(Y si tu meta es vivir de esto, mira Cómo convertirse en piloto de drones profesional.)

Resumen rápido

  • Las categorías se definen por riesgo, no por «recreativo vs profesional».
  • Abierta: bajo riesgo, sin autorización; registro + formación (A1/A3, A2). La mayoría vuela aquí.
  • Específica: riesgo medio; requiere declaración (STS) o autorización (SORA/PDRA/LUC).
  • Certificada: riesgo alto (transporte de personas, etc.); poco común.
  • Pasas a la específica por BVLOS, entornos muy poblados, drones grandes u operaciones complejas.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre categoría abierta y específica?

La abierta es de bajo riesgo y no necesita autorización; la específica es de riesgo medio y requiere una declaración operacional (STS) o una autorización de AESA.

¿Ser profesional me obliga a la categoría específica?

No. Lo que determina la categoría es el riesgo de la operación, no tu finalidad. Un profesional puede volar en abierta si su operación es de bajo riesgo.

¿Cuándo necesito la categoría específica?

Cuando vuelas BVLOS, sobre entornos muy poblados que no caben en A1/A2/A3, con drones grandes o en operaciones complejas.

¿Qué es una declaración operacional?

Es el trámite por el que declaras a AESA que operarás cumpliendo un escenario estándar (STS-01/STS-02), sin necesidad de autorización individual.

¿Qué es el SORA?

Un estudio de riesgo completo (aire y tierra) que se presenta a AESA para obtener autorización cuando la operación no encaja en un escenario estándar.

¿La categoría certificada es para mí?

Casi con seguridad, no. Es para operaciones de riesgo alto (transporte de personas, mercancías peligrosas…) y se regula como la aviación tripulada.

Enlaces oficiales

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